Oficializan la reducción de retenciones para Mipymes industriales

Se eliminaron los derechos de exportación para las micro, pequeñas o medianas empresas (Mipymes) industriales o agroindustriales que exporten hasta US$ 500.000 anuales y una reducción del 50% a las que exporten desde ese monto hasta el millón de dólares.

De esta manera, a través del decreto 302/2021 publicado en el Boletín Oficial se beneficiará a unas 3.790 empresas con una reducción de la alícuota, mientras que otras 3.400 quedarán directamente excluidas del pago de retenciones.

Entre los considerandos de la nueva normativa, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores de la cartera de Desarrollo Productivo informó los bajos niveles de operaciones de exportación realizadas por las Mipymes durante el transcurso de los períodos 2019/2020, entre el 15% y el 17 % aproximadamente, del valor de las exportaciones en dólares estadounidenses, aún cuando en cantidad de exportadoras representan alrededor del 80 %. 

Asimismo, el decreto remarcó que las Mipymes podrán acceder al tratamiento previsto por este decreto siempre que las exportaciones realizadas en el año calendario inmediato anterior no hubieran excedido la suma equivalente a US$ 3 millones, o no hubieran realizado exportaciones en el período de tiempo citado.

El Ministerio de Desarrollo Productivo destacó que el beneficio impositivo alcanza al 50% del total de Mipymes exportadoras, cantidad que se extiende al 80% si se suman las bajas de retenciones dispuestas el año pasado, con el objetivo de promover un mayor valor agregado a los productos exportados.

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