AFIP y los beneficios impositivos de la ley de biotecnología

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió los pasos a seguir para que los titulares de proyectos de investigación, desarrollo y producción de bienes o servicios accedan a beneficios impositivos previstos en la Ley de Biotecnología.

Así, se permitirá aplicar la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias por los bienes de capital, equipos especiales, partes o elementos componentes de dichos bienes, nuevos, adquiridos con destino al proyecto promovido en una cuota en lugar de tres.

El procedimiento para utilizar el beneficio de bonos de crédito fiscal

La normativa determina que los bonos de crédito fiscal podrán aplicarse a la cancelación del impuesto a las Ganancias y del IVA, en concepto de anticipos o de saldos de declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios fiscales cuyos vencimientos se produzcan durante el período de vigencia de dichos bonos.

Cuando se trate de importaciones, los instrumentos podrán utilizarse para cancelar los impuestos asociados a dicha operación así como de sus respectivas retenciones y percepciones, siempre que se originen en la adquisición de insumos, bienes de capital, partes o componentes destinados a la fabricación local de bienes, relativos al ámbito del sector de la biotecnología o de algún otro que contribuya, de forma directa, al desarrollo de ésta.

Las medidas tienen por objeto promover toda aplicación tecnológica que, basada en conocimientos racionales y principios científicos provenientes de la biología, la bioquímica, la microbiología, la bioinformática, la biología molecular y la ingeniería genética, utiliza organismos vivos o partes derivadas de los mismos para la obtención de bienes y servicios o para la mejora sustancial de procesos productivos y productos.

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